El marco regulatorio de drones en Argentina fue completamente reformado por la ANAC mediante la Resolución 550/2025. Con esta actualización, el reglamento anterior (Res. 880/19) quedó derogado, y la RAAC Parte 101 pasó a regular exclusivamente la Categoría Abierta para operaciones con Vehículos Aéreos Pilotados a Distancia (RPA).
Inspirada en principios de desregulación, simplificación y libertad de operación, la RAAC Parte 101 elimina la burocracia para vuelos de menor complejidad.
1. ¿Qué abarca la Categoría Abierta (RAAC 101)?
Está destinada a operaciones de bajo riesgo operativo. No requiere autorización previa de la ANAC para despegar, siempre que se cumplan las pautas básicas.
- Drones de < 25 kg: Equipos de hasta 25 kg de Peso Máximo al Despegue (MTOW) se encuadran por defecto aquí (por ejemplo, drones de uso recreativo, fotografía o inspecciones simples dentro de la línea de vista).
- Ámbito Rural: Las operaciones en zonas rurales se benefician de una máxima flexibilización para fomentar el desarrollo del sector productivo.
2. Reglas de Vuelo Esenciales
Para operar bajo la Parte 101 se deben respetar los siguientes límites técnicos (sentido común aeronáutico):
- Línea de Vista (VLOS): El piloto debe mantener contacto visual directo y continuo con el dron en todo momento sin ayuda de dispositivos (salvo lentes recetados).
- Altura Máxima: Hasta 122 metros (400 pies) sobre el nivel del suelo en espacio aéreo no controlado.
- Cercanía de Aeropuertos: Dentro de un radio de 5 km de cualquier aeródromo, la altura máxima se reduce drásticamente a 43 metros. Está totalmente prohibido invadir Zonas de Control (CTR) aeroportuarias sin coordinación.
- Restricciones de Entorno: No se permite sobrevolar multitudes de personas o interferir en zonas donde se estén desarrollando operativos de emergencia.
3. El Umbral de los 250 gramos (Drones “Mini”)
La normativa divide las exigencias administrativas según el peso del equipo:
- Drones menores a 250g (ej. DJI Mini): Están exentos de registro obligatorio, el piloto no necesita licencias ni es mandatorio el seguro de responsabilidad civil (aunque se aconseja).
- Drones mayores a 250g hasta 25kg: Deben asentarse mediante el nuevo autorregistro digital provisto de forma gratuita en el Casillero Aeronáutico Digital (CAD) de la ANAC.
4. ¿Cuándo se necesita Licencia o Curso?
- Uso Recreativo / Privado: Si volás tu dron con fines lúdicos o en el ámbito privado (cumpliendo las buenas prácticas de la RAAC 101), la ANAC indica que no es obligatoria una licencia de piloto remoto. Solo debés demostrar conocimientos básicos que la misma autoridad facilita de forma gratuita online.
- Uso Comercial o Industrial (Trabajo Aéreo): Si utilizás el dron para tu consultora de seguridad, inspecciones técnicas o fines de lucro, la operación —incluso con un dron chico— pasa a considerarse actividad comercial o de Categoría Específica. En este caso, la RAAC 101 actúa como guía, pero se requiere certificación del piloto, examen y seguro.
